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Consejos útiles para viajar en coche con perro o gato

Si has decidido viajar por vacaciones o incluso por un simple trayecto en coche con tu perro o gato, aquí tienes algunos consejos para llegar seguro a tu destino.

En el coche, la temperatura del habitáculo también debe ser agradable para perros y gatos

Cuando viaja en coche con su mascota, es importante mantener una temperatura en el habitáculo que no sea ni demasiado caliente ni demasiado fría .

Nunca debe dejar a su mascota en un automóvil con las puertas cerradas, ni siquiera durante una breve parada.

Bajo el sol, la temperatura puede alcanzar rápidamente los 50 grados o más, incluso con las ventanas abiertas.

Para regular la temperatura corporal , los perros y gatos no sudan, sino que aumentan su ritmo respiratorio con la boca abierta.

Este sistema de enfriamiento es menos efectivo que la transpiración y no es suficiente para regular la temperatura interna, que por lo tanto aumenta rápidamente.

El animal sufre así un golpe de calor , con convulsiones y muerte en agonía.

un viaje tranquilo

Durante la conducción , deben evitarse en la medida de lo posible las aceleraciones y los frenazos bruscos .

Para que el viaje en coche sea más cómodo, puedes colocar tu juguete o manta favorita en el transportín/caseta para perros o gatos.

Cuando esté callado, recompénselo con un tono de voz suave y tranquilizador.

Por el contrario, si se inquieta , maúlla, etc., es mejor ignorarlo y evitar tranquilizarlo para no reforzar la actitud agitada .

Paradas seguras e intervención rápida

Durante las paradas, lo mejor será evitar sacar al gato del transportín .

Los ruidos de otros vehículos y el olor a gasolina son factores incómodos, desagradables y que provocan ansiedad.

Más bien, si el viaje es largo, es recomendable colocar un durmiente en la parte inferior del portaequipajes.

Traiga el número de su médico veterinario de confianza para una opinión, en caso de dudas o emergencias menores, consulte con él antes de la salida también para establecer qué llevar en el botiquín de su mascota.

El transporte de animales en coche: lo que dice el Código de Circulación

En Italia, el transporte de animales está regulado por el Código de Circulación (CdS), en los artículos 169 y 170.

A ver que dicen para no incurrir en ninguna sanción.

Artículo 169, párrafo 6

“En los vehículos distintos de los autorizados conforme al art. 38 del Decreto del Presidente de la República del 8 de febrero de 1954, n. 320, se prohíbe el transporte de animales domésticos en exceso de uno y en todo caso en condiciones que constituyan un impedimento o peligro para la conducción .

Sólo se permiten animales domésticos, incluso en mayor número, siempre que se mantengan en una jaula o contenedor especial o en el compartimiento trasero del asiento del conductor especialmente dividido por una red u otro medio adecuado similar que, si se instala de forma permanente , debe ser autorizado por la oficina correspondiente del Departamento de Transporte Terrestre. ”

Artículo 169, párrafo 10

“ Quien infrinja las demás disposiciones de este artículo está sujeto a la sanción administrativa de pago de una cantidad que oscila entre los 87 y los 345 euros y la reducción de 1 punto en el permiso de conducción .

Además, se sancionará con multa de 430 a 1.731 euros a quien instale una red divisoria o barrera ‘fija’ sin solicitar la autorización periódica de la oficina competente de la Motorización Civil en base al artículo 78 de la CdS.

Artículo 170, párrafo 5

“ En los vehículos a que se refiere el apartado 1 ( ciclos y motocicletas ) está prohibido transportar objetos que no estén sólidamente sujetos, que sobresalgan lateralmente respecto del eje del vehículo o longitudinalmente respecto de la forma del mismo en más de cincuenta centímetros, o que impidan o limiten la visibilidad al conductor.

Dentro de los límites antes mencionados, se permite el transporte de animales siempre que se mantengan en una jaula o contenedor especial .

Artículo 170, párrafo 6

“ Quien infrinja lo dispuesto en este artículo está sujeto a la sanción administrativa de pago de una cantidad que oscila entre los 83 y los 332 euros . “